La Certificación Forestal Regional requiere la existencia de una entidad legal que acredite la representación de forma directa o a través de sus representantes, a los propietarios/gestores forestales de toda la región interesados en el proceso de la certificación.
La entidad solicitante regional permitirá el acceso a la certificación forestal a la superficie forestal ubicada en dicha región de todos aquellos propietarios o gestores interesados en el proceso de certificación, siempre y cuando se cumplan los requisitos que el Sistema Español establece.
La Certificación Forestal de Grupo requiere la agrupación y organización de los propietarios/gestores interesados en el proceso, a través de una Entidad Asociativa legalmente constituida o mediante un acuerdo, jurídicamente documentado.
La Certificación Forestal Individual será solicitada de forma explícita por una persona física o jurídica, que ejercerá de Entidad Solicitante, para aquellas superficies forestales que gestiona y que voluntariamente incluye en este proceso. Se recomienda que la entidad solicitante de la Certificación Forestal Individual incluya en el certificado toda la superficie forestal que gestiona en esa zona.